Dr. Teodoro Ribera Neumann y Dr. Juan Pablo Díaz Fuenzalida opinan en La Segunda sobre cierre de farmacia
Señor Director:
A propósito del reciente cierre de una farmacia en La Cisterna por parte del Estado, nos encontramos ante un claro caso de ilegalidad o, al menos arbitrariedad, que atenta contra derechos fundamentales y, concretamente, a garantías constitucionales resguardadas por la acción o recurso de protección.
En efecto, se vulnera el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen, garantizado por el artículo 19 n° 21 de la Constitución Política de la República. No es la farmacia la que comete los actos delictuales, sino que es un grupo de personas que realiza lo que se ha denominado “turbazo”. Es a estas personas a las que el Estado debe perseguir.
Se transgrede también el derecho de propiedad garantizado en el artículo 19 n° 24, en relación con el inmueble en que se encuentra la farmacia, dado que el dueño no podrá realizar las facultades propiedad del dominio.
Ambas garantías están consideradas por el recurso o acción de protección del artículo 20 de la Constitución Política, por lo que procede que el Estado se retracte, o sencillamente, recurrir a la justicia para que revierta la ilegalidad o arbitrariedad del acto estatal de cierre de la farmacia.
Dr. iur Teodoro Ribera Neumann, Rector Universidad Autónoma de Chile y Dr. Juan Pablo Díaz Fuenzalida, Investigador y docente de la Universidad Autónoma de Chile